La Dirección General de Tributos ha respondido recientemente a una consulta sobre el tratamiento fiscal de las ayudas percibidas tras las inundaciones (accede aquí a la consulta). En ella explica, que la disposición adicional 5ª de la Ley de la Renta de las Personas Físicas establece que las ayudas y/o subvenciones recibidas por distintas Administraciones Públicas tras los daños…
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Las ayudas percibidas tras las inundaciones están exentas del IRPF, pero con ciertos límites

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